Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
La prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española es una ayuda económica que se otorga a las familias que tienen un hijo menor de edad diagnosticado con cáncer u otra enfermedad grave que requiera una atención constante y especializada.
Esta prestación se aplica a los menores que se encuentren en situación de incapacidad temporal o absoluta por causa de la enfermedad y que tengan una edad inferior a 18 años. Además, la enfermedad debe ser grave y crónica, lo que significa que tiene un pronóstico de duración superior a un año y que requiere una atención médica especializada y continuada.
Para acceder a esta prestación, la familia debe presentar una solicitud en la Tesorería General de la Seguridad Social, junto con los informes médicos que acrediten la enfermedad del menor. Una vez aprobada la solicitud, la prestación se abonará mensualmente a la familia durante el tiempo que dure la situación de incapacidad del menor.
La cantidad que se percibe en esta prestación depende de la edad del menor y del salario base de cotización del cónyuge o pareja con la que conviva el menor. Para los menores de 6 años, la prestación se abona en un 75% del salario base de cotización, mientras que para los menores de 6 a 18 años, la prestación se abona en un 50% del salario base de cotización.
Esta prestación es una ayuda muy importante para las familias que tienen un hijo con cáncer u otra enfermedad grave, ya que les permite afrontar los gastos adicionales que conlleva la atención especializada del menor y les da un respiro económico en un momento difícil.
En resumen, la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española es una ayuda económica que se otorga a las familias que tienen un hijo menor de edad con una enfermedad grave y que requiere una atención constante y especializada. Esta prestación puede ser solicitada en la Tesorería General de la Seguridad Social y se abona mensualmente durante el tiempo que dure la situación de incapacidad del menor.
Causantes
Los causantes de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española son la enfermedad grave y crónica del menor, que debe tener un pronóstico de duración superior a un año y requerir una atención médica especializada y continuada. Además, el menor debe estar en situación de incapacidad temporal o absoluta por causa de la enfermedad y tener una edad inferior a 18 años.
Hijos o menores acogidos, a cargo del beneficiario, menores de 18 años, que precisen cuidado directo, continuo y permanente por:
- Padecer cáncer o enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, o
- Precisen continuar con el tratamiento médico en el domicilio tras el diagnóstico y la hospitalización.
¿Quién puede acceder a la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española?
La prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española puede ser solicitada por las familias que tienen un hijo menor de edad con una enfermedad grave que requiera una atención constante y especializada. Para acceder a esta prestación, el menor debe estar en situación de incapacidad temporal o absoluta por causa de la enfermedad y tener una edad inferior a 18 años. Además, la enfermedad debe ser grave y crónica, lo que significa que tiene un pronóstico de duración superior a un año y que requiere una atención médica especializada y continuada.
¿Cuánto dinero se percibe en esta prestación y cómo se determina la cantidad?
La cantidad que se percibe en esta prestación depende de la edad del menor y del salario base de cotización del cónyuge o pareja con la que conviva el menor. Para los menores de 6 años, la prestación se abona en un 75% del salario base de cotización, mientras que para los menores de 6 a 18 años, la prestación se abona en un 50% del salario base de cotización.
¿Cuánto dinero se percibe en esta prestación y cómo se determina la cantidad?
La cantidad que se percibe en esta prestación depende de la edad del menor y del salario base de cotización del cónyuge o pareja con la que conviva el menor. Para los menores de 6 años, la prestación se abona en un 75% del salario base de cotización, mientras que para los menores de 6 a 18 años, la prestación se abona en un 50% del salario base de cotización.
¿Por cuánto tiempo se abona esta prestación?
La prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española se abona mensualmente durante el tiempo que dure la situación de incapacidad del menor.
¿Se puede renovar la prestación si la enfermedad del menor se prolonga?
Sí, se puede renovar la prestación si la enfermedad del menor se prolonga y sigue cumpliendo los requisitos establecidos para acceder a esta prestación. La familia debe presentar una nueva solicitud en la Tesorería General de la Seguridad Social junto con los informes médicos actualizados que acrediten la situación de incapacidad del menor. Una vez aprobada la renovación, la prestación se seguirá abonando mensualmente durante el tiempo que dure la situación de incapacidad del menor.
¿Se puede recibir esta prestación junto con otras ayudas o prestaciones de la seguridad social?
Sí, es posible recibir esta prestación junto con otras ayudas o prestaciones de la seguridad social. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la cantidad total de prestaciones percibidas no puede superar el salario base de cotización del cónyuge o pareja con la que conviva el menor. Además, se deberá informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre cualquier otra ayuda o prestación recibida para evitar situaciones de doble percepción.
¿Existe algún límite de ingresos para acceder a esta prestación?
No existe un límite de ingresos para acceder a la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española. Esta prestación se concede a las familias que cumplan con los requisitos establecidos, independientemente de su nivel de ingresos.
Requisitos
Para percibir la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, los progenitores o tutores legales deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Los progenitores, adoptantes o acogedores, dentro de cada unidad familiar, deberán estar afiliados y en alta en algún régimen público de la Seguridad Social o Mutualidad de Previsión Social establecida por el correspondiente colegio profesional.
- Tener el período de cotización exigido:
Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización
Cumplidos 21 años y menores de 26: 90 días cotizados dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.
Mayores de 26 años: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral. - Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
En conclusión, la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave de la seguridad social española es una ayuda económica muy importante para las familias que tienen un hijo menor de edad con una enfermedad grave y que requiere una atención constante y especializada. Esta prestación puede ser solicitada en la Tesorería General de la Seguridad Social y se abona mensualmente durante el tiempo que dure la situación de incapacidad del menor. Por lo tanto, es un recurso valioso para las familias que enfrentan esta difícil situación y les permite afrontar los gastos adicionales que conlleva la atención especializada del menor.